Micelio
Auto20 de agosto de 2025

A- de 2025

Ponente Hector Alfonso Carvajal Londoño

Demandante Jhenifer Velasquez Diaz·Demandado --

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Sentencia De La Corte Constitucional
  • Rechazar por improcedente la solicitud de apertura de incidente de desacato
Incidente De Desacato
  • Competencia del juez de primera instancia
Cumplimiento Fallo De Tutela E Incidente De Desacato
  • Competencia del juez de primera instancia
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de incidente de desacato de la Sentencia T-095/15.

La apoderada de la Asociación de Mineros del Alacrán le pidió a la Corporación iniciar el incidente de desacato porque se verificó el incumplimiento total o parcial de las órdenes impartidas en dicha providencia, lo cual ha generado nuevas vulneraciones de derechos fundamentales previamente reconocidos, perpetuando las condiciones de riesgo, exclusión y desprotección del municipio de Puerto Libertador (Córdoba).

La Sala recordó que el juez de primera instancia es el encargado de hacer cumplir la orden impartida, así está provenga del fallo de segunda instancia o de la Corte Constitucional en sede de revisión, en tanto tiene la competencia prevalente para adelantar esta clase de trámites.

Con base en lo anterior la Corporación se ABSTUVO de asumir el conocimiento del incidente propuesto y dispuso remitir copia de los documentos relacionados con la petición al Tribunal Superior de Medellín, Sala Quinta de Decisión Laboral, para lo de su competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. ABSTENERSE de asumir la competencia para dar trámite al incidente de desacato respecto a la Sentencia T-095 de 2015, proferida por esta Corte, por las razones expuestas en la parte motiva.
  2. SEGUNDO. A través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR al Tribunal Superior de Medellín, Sala Quinta de Decisión Laboral, copia de los documentos aportados por la señora Jhenifer Velásquez Díaz, en calidad de apoderada de la Asociación de Mineros del Alacrán, relativos a la solicitud de apertura de incidente de desacato respecto a la Sentencia T-095 de 2015, para lo de su competencia.
  3. TERCERO. A través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, INFORMAR a la señora señora Jhenifer Velásquez Díaz que la autoridad competente para conocer del incidente de desacato de la Sentencia T-095 de 2015 es el Tribunal Superior de Medellín, Sala Quinta de Decisión Laboral.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.